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Prohíben uso en 'shows' de mamíferos marinos

El Pleno cameral aprobó con 242 votos a favor, cero abstenciones y 190 en contra, el dictamen que reforma el cuarto párrafo del artículo 60 bis de la Ley General de Vida Silvestre, para prohibir el uso de mamíferos marinos, cualquiera que sea su especie, en espectáculos fijos o itinerantes, así como en cualquier actividad que los involucre.

El documento, enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, y que incluye la adenda propuesta por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, hace una excepción cuando estos animales sean usados para la investigación, orientada a la conservación de la propia especie, que realicen las instituciones de educación superior acreditadas y de acuerdo a la normatividad aplicable.

Los artículos transitorios establecen que los propietarios y poseedores de mamíferos marinos en cautiverio (como delfines, ballenas y manatíes) contarán con un plazo de 30 días naturales para integrar un inventario de los ejemplares, el cual deberá ser entregado a la Semarnat para su validación, a más tardar los siguientes 30 días naturales al vencimiento del plazo referido.

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