Inconstitucional, no dar IMSS a empleadas de casa
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que las empleadas domésticas no tengan derecho a ser inscritas en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y ordenó a ese organismo lanzar un programa piloto para erradicar la discriminación de la que son víctimas y que el Congreso de la Unión legisle al respecto.
Por unanimidad, los integrantes de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia avalaron la propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, en la que, por primera vez, el IMSS deberá diseñar un proyecto de política pública para proteger los derechos de las trabajadoras del hogar, debido a que "no existe ninguna razón constitucionalmente válida por la cual la Ley Federal del Trabajo y la Ley del IMSS excluyan el trabajo doméstico del régimen obligatorio de seguridad social".
El criterio derivó de la sentencia por la que la Suprema Corte decidió conceder el amparo a una mujer de 80 años de edad para que un tribunal federal en materia de trabajo resuelva cuánto le deben pagar sus patrones por las prestaciones que le correspondían por 50 años de servicio doméstico.
La Junta de Conciliación y Arbitraje deberá analizar otra vez la demanda de la mujer y sus exigencias, como son una indemnización por despido injustificado, el pago de salarios caídos, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y horas extra, que deberán pagar los patrones. Sin embargo, no prevé obligar a los demandados a inscribirla en el IMSS, porque hasta ahora ese deber no está contemplado en la ley.
Ante la discriminación advertida por el ministro Pérez Dayán, se ordenó que para el primer semestre de 2019, el IMSS deberá implementar un "programa piloto" para diseñar y ejecutar un régimen especial de seguridad social para las trabajadoras domésticas, con facilidades administrativas para que los patrones puedan cumplir con sus obligaciones.
Con base en ese régimen, el Congreso de la Unión tendrá un plazo de 18 meses a partir de la implementación del mismo para reformar las leyes necesarias e incorporarlo de manera formal en el sistema de seguridad social.
El programa que el Seguro Social deberá implementar, según lo establecido por el ministro Pérez Dayán, incluirá como mínimo conceptos como el pago de riesgos de trabajo, enfermedades, maternidad y guarderías, invalidez y seguros de vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y vivienda.
Además, deberá resultar de fácil implementación para los patrones, para lo cual se deberá considerar la posibilidad de excusar que las personas que contraten se encuentren inscritas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Luego de darse a conocer la votación de la Segunda Sala de la Corte, el director del IMSS, Germán Martínez Cázares, informó que el instituto acatará inmediatamente la resolución, para lo cual ya giró las instrucciones correspondientes.
"El Instituto Mexicano del Seguro Social acata inmediata y puntualmente la decisión de hoy [miércoles] de la Suprema Corte de Justicia para incluir a las trabajadoras o empleados domésticas, en su mayoría mujeres, al régimen obligatorio de protección del Seguro Social.
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