Suprema Corte rechaza discriminación en despido de trabajador con tatuaje nazi
México.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que no es discriminatorio separar del empleo a quien exhibe un tatuaje de una cruz esvástica, en un contexto privado y ante personas que se identifican como judías, porque constituye un discurso de odio.
Por ello, la primera sala de la SCJN negó el amparo al trabajador que buscaba que le fuera pagada una indemnización por su despido tras haber mostrado su tatuaje de esvástica a sus jefes, quienes son judíos.
La Suprema Corte precisó que si bien exhibir un tatuaje es un acto que en un principio está permitido por el derecho a la libertad de expresión, y esto no debe ser motivo de discriminación en el ámbito laboral, si el tatuaje es una cruz esvástica, que en nuestro ámbito cultural representa un discurso de odio racista, y se exhibe en una empresa privada ante directivos que se identifican como judíos, ese acto no está protegido por la constitución.
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Destacó que la acción es contraria a la dignidad, la igualdad, la seguridad y la propia libertad de expresión de las víctimas, quienes, apuntó, no tienen el deber jurídico de tolerarlo, por lo que su decisión sobre separar del cargo al implicado se considera una medida lícita.
La SCJN, explicó que incluso, los jefes de la empresa solicitaron al hombre que cubriera el tatuaje, sin embargo este se negó, por lo que se procedió a la cesación de la relación laboral, previa liquidación.
ACV